A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Almario Camargo German Rogelio·Respondent Ocampo Serna Marco Aurelio
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Proceso ejecutivo para cobro de honorarios de perito
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Coveñas (Sucre) y el Juzgado Cuarto Administrativo Oral de Sincelejo.
La controversia entre los Despachos surge por una demanda ejecutiva de mínima cuantía presentada por un ciudadano, en contra de otro ciudadano, con la finalidad de que se libre mandamiento ejecutivo, del valor referido en escrito de demanda, por concepto de honorarios ordenados por un juzgado administrativo como consecuencia de su actuación como perito técnico en obras civiles dentro de un proceso de reparación directa.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que debe seguirse el lineamiento planteado en Auto 386 de 2021, pero con un ajuste para establecer el factor de conexidad, necesario para disipar cualquier confusión que este Auto pudiera generar, así que precisa el alcance del mismo, con la regla según la cual: en virtud de lo dispuesto en el artículo 221 de la Ley 1437 de 2011, reformado por la Ley 2080 de 2021, en el evento en que se tramite un proceso ejecutivo para cobrar los honorarios que un Juez de la República fije para un perito, la competencia se regirá por el factor de conexidad cuando el ejecutado sea una entidad pública.
Si el ejecutado es un particular conocerá de este proceso ejecutivo la jurisdicción ordinaria.
Y como en este caso, el ejecutado es un particular, la Corte decide asignar la competencia a la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad civil y en consecuencia, resuelve remitir el expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de Coveñas para que proceda en lo referente a su competencia y comunique la presente decisión al Juzgado Cuarto Administrativo Oral de Sincelejo, a la parte demandante y a los demás interesados en el proceso.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Cuarto. Administrativo Oral de Sincelejo y el Juzgado Promiscuo Municipal de Coveñas (Sucre) en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Promiscuo Municipal de Coveñas (Sucre) es la autoridad competente para conocer de la demanda ejecutiva de mínima cuantía presentada por Germán Rogelio Almario Camargo en contra de Marco Aurelio Ocampo Serna.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5353 al Juzgado Promiscuo Municipal de Coveñas para que proceda en lo referente a su competencia y comunique la presente decisión al Juzgado
- Cuarto. Administrativo Oral de Sincelejo, a la parte demandante y a los demás interesados en el proceso
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.